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Ritondo y diputados presentaron un proyecto de ley para combatir a "motochorros"

El ministro de seguridad bonaerense, junto a varios legisladores de Cambiemos buscan combatir los delitos cometidos en motos
Ritondo y diputados presentaron un proyecto de ley para combatir a "motochorros"
Ritondo junto a diputados presentaron un proyecto de ley | (Foto: Gentileza Prensa Ministerio de Seguridad bonaerense)

Cristian Ritondo, ministro de Seguridad bonaerense, y un grupo de diputados de Cambiemos presentaron este miércoles 25 en la Legislatura provincial un proyecto de ley que tiene como objetivo prevenir y combatir a los "motochorros".

En los últimos años, se ha comprobado un gran aumento en cuanto a esta modalidad de robos, muchos de los cuales provocan serias lesiones y hasta la muerte de las víctimas; según datos del Ministerio.

"Hemos intensificado los operativos contra este tipo de delito y para acompañar el trabajo necesitamos una ley que contemple la labor policial y permita terminar con los robos y los asesinatos cometidos en esta modalidad", aseguró Ritondo.

Ën este sentido, agregó: "El proyecto no busca desalentar el uso de la moto como vehículo o  como pasatiempo porque un motociclista no es un delincuente".

El diputado y presidente de la Comisión de Seguridad, Matías Ranzini, dijo: "Nosotros nos tuvimos que concentrar en desarrollar un proyecto que contemple las particularidades de una provincia tan extensa y diversa".

El proyecto de ley, en detalle:

Si se aprueba la ley, será obligatorio en Buenos Aires el uso de un chaleco identificador refractario en el conductor y en el acompañante, así como también la identificación del registro dominial de la moto en el casco de ambos ocupantes, si los hubiera.

En caso de no cumplirse estos requisitos, será motivo suficiente para la retención del motovehículo y una multa que, en principio, será aplicada por el juez de Faltas de cada municipio.

Foto: NA
Foto: NA

El plazo para retirar la moto incautada será de 60 días corridos, y sólo podrá hacerlo su dueño. Caso contrario, la autoridad de aplicación intimará al titular para que en un plazo de 15 días corridos se presente. De no hacerlo, se aplicarán las medidas estipuladas en la Ley 14.547 que regula la compactación, subasta o cesión benéfica del bien.

Por otra parte, el gobierno provincial y los distintos municipios deberán estar en constante relación promoviendo la costumbre del uso del chaleco y casco reglamentario, según lo establece la normativa que exigirá, además, que el expendio de combustible se realice sólo a quienes cumplan con la ley.

Así, cada municipio tiene un plazo de hasta 45 días para enviar al Ministerio de Seguridad el diseño geográfico y horarios donde son obligatorios el uso de los chalecos reglamentarios y el casco reglamentario. En caso de no hacerlo será el mismo Poder Ejecutivo provincial quien determine esas zonas y horarios.

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