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Juicio político para los jueces que intervinieron en la causa de Lucía Pérez

Los letrados que absolvieron a los acusados del femicidio de la joven, se enfrentarán a un proceso penal por negligencia, incumplimiento de deberes inherentes del cargo y parcialidad manifiesta. 

Juicio político para los jueces que intervinieron en la causa de Lucía Pérez

La Comisión Bicameral de Normas de Procedimiento para el Enjuiciamiento de Magistrados y Funcionarios bonaerenses resolvió por unanimidad acusar de negligencia, incumplimiento de deberes inherentes del cargo y parcialidad manifiesta a los miembros del Tribunal Oral en lo Criminal N°1 de Mar del Plata por su mal desempeño en el juicio por el abuso sexual y femicidio de Lucía Pérez, cometido el 8 de octubre de 2016.

La acusación recayó sobre los magistrados Juan Facundo Gómez Urso y Pablo Viñas, integrantes del Tribunal Oral en lo Criminal (TOC) 1 marplatense, quienes son investigados por su fallo de noviembre del 2018 en el que absolvieron a Matías Farías (26), Juan Pablo Offidani (45) y Alejandro Maciel (62).

Tras ser revertidas esas absoluciones en agosto de 2020 por el Tribunal de Casación bonaerense, dos de los tres jueces intervinientes, (el tercero, Aldo Carnevale, renunció para jubilarse) fueron denunciados y se constituyó un jury de enjuiciamiento, tras lo cual se dio traslado a la Procuración y a la Bicameral que confirmó la acusación en el día de hoy.

En 2018 el Tribunal Oral en lo Criminal de Mar del Plata había ordenado absolver a los tres imputados por el abuso sexual y femicidio de la joven. Solo dos de los acusados fueron condenados, pero por delitos de tenencia y tráfico de estupefacientes.

Durante el juicio, el fiscal Daniel Vicente y el abogado de la familia de la víctima, Gustavo Marceillac, habían pedido penas superiores a los 18 años de cárcel por abuso sexual violento con acceso carnal, con dolo eventual, y suministro de estupefacientes en concurso real con femicidio.

En ese entonces los jueces resolvieron absolver a los principales acusados Matías Farías por el delito de abuso sexual con acceso carnal agravado en concurso ideal con femicidio, y a Alberto Maciel del delito de encubrimiento agravado.

Sólo quedaron en pie las condenas a ocho años de prisión por tenencia de estupefacientes a Farías y al tercer imputado, Pablo Offidani.

Ahora la Comisión Bicameral de la Legislatura Bonaerense consideró que existió una "utilización en la sentencia de numerosos prejuicios, estereotipos, lograda la sentencia con un carácter androcéntrico, que hace foco en la conducta de la menor".

Además, sostuvieron que los jueces incurrieron en un "grave error" en cuanto a su percepción de los hechos y los acusaron de "estigmatizar" a la víctima.

"Los jueces denunciados no reúnen las condiciones que la constitución y las leyes determinan para proseguir en el cargo", agregaron desde la comisión describiendo a su labor en el juicio como "inidónea y arbitraria, perjudicando la fe del sistema jurisdiccional y  desprestigiando la administración de justicia". 

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