Las categorías más dinámicas fueron alimentos no básicos, bebidas sin alcohol y productos de limpieza y cosmética, mientras que los autoservicios siguen en caída.

El consumo masivo registró un leve aumento en el primer semestre
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Los jueces consideraron que el planteo de la Tabacalera Sarandí carecía de fundamentos y cerraron la causa.
La Corte Suprema de Justicia de la Nación rechazó un nuevo intento del empresario Pablo Otero, conocido como “El Señor del Tabaco”, de frenar la aplicación de los impuestos internos a los cigarrillos, al desestimar un pedido de nulidad presentado por su defensa.
Los jueces Rosatti, Lorenzetti y los conjueces Llorens, Moltini y Boldú consideraron que el planteo de los abogados de Tabacalera Sarandí carecía de fundamentos y advirtieron que se trataba de una “nulidad por la nulidad misma”. La defensa había sostenido que el fallo del 14 de agosto, cuando el máximo tribunal declaró constitucionales los tributos al tabaco, no debía dictarse debido a un supuesto desistimiento del derecho vinculado a la adhesión a la última moratoria impositiva, aunque la empresa nunca acreditó tal acogimiento.
En aquel fallo, la Corte ya había subrayado que Tabacalera Sarandí no presentó documentación que avalara su incorporación al plan de regularización fiscal y señaló que no podía impedirse una resolución sobre un tema de trascendencia tributaria y de salud pública. Con la nueva decisión, el máximo tribunal cerró el caso y confirmó la validez constitucional de los impuestos internos que gravan los cigarrillos.
Tabacalera Sarandí, productora de marcas económicas como Master Red, Red Point y Kiel, había logrado durante años aumentar su participación de mercado mediante cautelares que la exceptuaban del pago de los tributos reclamados por la AFIP.
Las categorías más dinámicas fueron alimentos no básicos, bebidas sin alcohol y productos de limpieza y cosmética, mientras que los autoservicios siguen en caída.
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