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Cambios en Aduana: autorizan el uso de declaraciones juradas en operaciones de importación

La actualización regulatoria flexibiliza el régimen de garantías y suma un mecanismo antes prohibido. Según la administración nacional, permitirá agilizar trámites y acotar costos financieros para operadores confiables.

Cambios en Aduana: autorizan el uso de declaraciones juradas en operaciones de importación

El Gobierno avanzó con una modificación en el régimen aduanero que altera la forma en que los operadores de comercio exterior deben respaldar sus obligaciones. La medida habilita una modalidad adicional para ese procedimiento y cambia el esquema vigente al incorporar la posibilidad de utilizar una declaración jurada como alternativa a las garantías tradicionales.

La actualización quedó incorporada a través del Decreto 838/2025, que establece que los importadores podrán presentar un documento firmado “cuando los regímenes de importación establezcan la obligación de garantizar los tributos que pudieran exigirse por dichas operaciones”. En el texto se detalló que la herramienta busca “homogeneizar el tratamiento normativo, reducir costos operativos para las empresas y simplificar trámites, en línea con los objetivos de modernización impulsados por el Gobierno Nacional”.

También se aclaró que la opción propuesta “se alinea con la necesidad de ofrecer a los operadores de comercio exterior una alternativa menos gravosa y más accesible, sin que ello comprometa la solvencia del sistema, el control aduanero ni el debido resguardo del interés fiscal”.

En redes sociales, el ministro de Desregulación, Federico Sturzenegger, afirmó que la decisión “nos abre un camino para una importante simplificación de los trámites aduaneros” y, al describir el funcionamiento actual, sostuvo que “cuando hay una discrepancia o duda sobre la liquidación, o un pago pendiente, la Aduana pide una garantía por el monto pendiente o en disputa”, un mecanismo que, según explicó, implica consecuencias concretas para quienes operan: “Esto encarece el tránsito sumándole un cargo financiero a la operación aduanera. Peor aún, como la garantía muchas veces no tiene plazo, la persona que comercia está expuesta a tener que ‘gratificar’ el trámite para cancelar la garantía”.

También planteó que la nueva alternativa "introduce una modalidad alternativa previamente vedada: reemplazar la garantía por una declaración jurada". Más adelante señaló que la Aduana deberá definir “los operadores y las operaciones donde va a habilitar esta opción”, y cerró su explicación con una referencia al impacto esperado: “Se abre la puerta a una gran simplificación de la operatoria y una reducción tremenda en las oportunidades de corrupción. Todo esto seguirá reduciendo costos y precios para todos los argentinos”.