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Economía: qué dice el proyecto de Ley de Solidaridad y Reactivación Productiva

Hoy se presentó en el Congreso el proyecto que concentra las medidas que se venían anunciando desde el fin de semana. 

Economía: qué dice el proyecto de Ley de Solidaridad y Reactivación Productiva

Tal como expone el proyecto de ley presentado, las medidas se presentan en un contexto de "emergencia pública en materia económica, financiera, fiscal, administrativa, previsional, tarifaria, energética, sanitaria y social".

En este sentido, se pide facultar al Poder Ejecutivo Nacional para tener libertad suficiente para: asegurar la sostenibilidad de la deuda pública; reglar la reestructuración tarifaria del sistema energético; promover la reactivación productiva; fortalecer el carácter redistributivo y solidario de los haberes previsionales; procurar el suministro de medicamentos esenciales para tratamientos ambulatorios a pacientes en condiciones de alta vulnerabilidad social, el acceso a medicamentos e insumos esenciales para la prevención y el tratamiento de enfermedades infecciosas y crónicas no trasmisibles; impulsar la recuperación de los salarios atendiendo a los sectores más vulnerados y generar mecanismos para facilitar la obtención de acuerdos salariales. 

PAIS: impuesto a la compra de divisas

Se crea el Impuesto para una Argentina Inclusiva y Solidaria (PAIS), por 5 períodos fiscales (5 años) que será un 30% de tributo para compras de divisa.

Como aclaró Martín Guzman en las preguntas de la conferencia de prensa de hoy, esto es complementario al actual cepo cambiario (vale aclarar: podes comprar hasta 200 dólares por mes y sobre los mismos pagas un 30% de impuesto). 

Este impuesto incluye entonces: compras de divisa (en bancos o casas de cambio), compras con tarjeta de crédito y débito en el exterior, compras a través de sitios que facturen en dólares, compra de servicios en el exterior (Netflix, Spotify), compra de pasajes al exterior, extracciones y adelantos de efectivo en el exterior. El impuesto debe reflejarse de forma discriminada en el recibo o resumen de cuenta. 

Quedan exentos del impuesto: "Los gastos referidos a prestaciones de salud, compra de medicamentos, adquisición de libros en cualquier formato y utilización de plataformas educativas". También "los gastos asociados a proyectos de investigación efectuados por investigadores que se desempeñen en el ámbito del Estado Nacional, Estados Provinciales, la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y los Municipios". 

El impuesto comenzará a regir una vez aprobado el proyecto, al otro día de sancionada la ley. A su vez, el Poder Ejecutivo puede ampliar las operaciones alcanzadas por el impuesto, reducir la alícuota del 30% y suspender la aplicación de este impuesto. 

Lo recaudado con este impuesto será destinado, el 70% a la seguridad social (jubilaciones) y el 30% a obras de infraestructura económica y vivienda social.

Tarifas

Según lo explicado por el ministro de economía, Martín Guzmán, habrá un congelamiento de hasta 180 días en las tarifas de energía mientras se negocia con el sector cual será la nueva estructura tarifaria que tenga en cuenta las necesidades de cada sector y que fomente inversiones en el sector energético.

Jubilaciones

Suspensión por 180 días de la movilidad jubilatoria. El Poder Ejecutivo Nacional va a fijar trimestralmente el incremento de los haberes previsionales con prioridad para los ingresos más bajos. Según lo que explico Guzmán, luego de estos 6 meses, se aplicará una nueva fórmula jubilatoria. 

En cuanto a los fondos, hasta el 31/12/2023 se aumenta del 60 al 70% la cantidad de títulos públicos en cartera del Fondo de Garantía de Sustentabilidad (FGS) del Sistema Integrado Previsional Argentino (SIPA). Esto permite que el organismo tome mayor cantidad de deuda pública.

Retenciones

Se da al Poder Ejecutivo la facultad de fijar retenciones hasta 31/12/21 con tope máximo para cualquier tipo de exportación en 33%. En el caso de las exportaciones que no tenian retenciones antes de septiembre de 2018 el tope será de 15% y de un 5% para los productos agroindustriales de economías regionales, bienes industriales y servicios. 

Entonces, el tope del 33% afectará principalmente a los agroalimentarios. El 70% de todo lo que se recaude vía retenciones irán a financiar la seguridad social (jubilaciones). 

Bienes Personales

Según lo comunicado por Guzmán, las escalas del impuesto a los bienes personales y quedan determinadas de esta manera, retornando a las alícuotas de 2015. 

Impuesto a la Renta financiera

Hasta el 31/12 /20 se delega en el Poder Ejecutivo Nacional la facultad de gravar los bienes de argentinos situados en el exterior, esto es una novedad en nuestro país. Para motivar que esos activos vuelval al país, se podrá disminuir la alícuota en el caso de repatriación de los bienes. 

Los activos financieros que se gravaran son:

  • Tenencia de moneda extranjera en el bancos o financieras en el exterior.
  • Participaciones societarias y unipersonales (acciones, títulos, cuotas y participaciones). 
  • Fideicomisos.
  • Toda clase de instrumentos financieros o títulos valores (bonos, obligaciones negociables, valores representativos y certificados de depósito de acciones, cuotapartes de fondos comunes de inversión y otros similares).

Las alícuotas serán el doble que para el caso de los bienes si estuvieran en el país, fomentando la pesificicación de los mismos a través de impuestos a aquellos que están dolarizados. En el mismo sentido, los activos en pesos deján de pagar Renta Financiera. 

Impuesto por débitos/créditos a grandes empresas

Se duplicá la tasa del actual impuesto a los débitos y créditos (más conocido como impuesto al cheque) para las extracciones de efectivo para los sujetos inscriptos, a menos que sean pequeñas o micro empresas.

Impuesto a las importaciones

Se sube de 2,5% a 3% la tasa estadística que es lo que pagan todas las importaciones hasta el 31/12/20. El Poder Ejecutivo puede disponer "por razones justificadas, exenciones para el pago de la tasa cuando se trate de una actividad específica que tenga como objeto, entre otras, finalidades de ciencia, tecnología e innovación, la promoción de desarrollo económico o la generación de empleo". 

Aumentos en sumas no remunerativas

El Poder Ejecutivo Nacional tendrá la facultad de "disponer en forma obligatoria que los empleadores del sector privado abonen a sus trabajadores incrementos salariales mínimos". Sobre estos aumentos, o los que se consigan a través de la negociación colectiva, se eximiran a las empresas del pago de los aportes y las contribuciones sobre esos montos. 

Pymes y UVA

También se detalla un plan para pequeñas y medianas empresas para solucionar el problema de fuerte endeudamiento de este sector. En este sentido, se presentan planes de regularización de deudas tributarias, aduaneras y de la seguridad social para las pymes.

Para los hipotecados UVA se presentá que será el Banco Central el encargado de evaluar las consecuencias del sistema y estudiará mecanismos para mitigar efectos negativos atendiendo al criterio de esfuerzo compartido entre acreedor y deudor. Es decir, por el momento no hay respuesta. 

Impuesto a las Ganancias

Se suspende la baja del impuesto a las ganancias para empresas y se mantienen en el 30% hasta el 31/12/20.

Reintegro IVA para sectores más postergados

Dentro del proyecto se faculta a la AFIP para que pueda establecer un régimen de reintegros para los sectores más vulnerables, el presupuesto de esta medida lo establecerá el ministerio de Economía. Se espera que estos reintegros se den a través de las tarjetas de Anses. 

Contribuciones patronales 

Se suspende la reducción y unificación de la alícuota de contribuciones patronales, se congelan los mínimos no imponibles cambiando las escalas según el sector económico y lal provincia. 

¿Cómo sigue? 

El jueves el proyecto se trataría en el recinto de Diputados, donde se espera conseguir la media sanción, y el viernes lo haría el Senado. Si la ley se aprueba el viernes, entonces a partir del sábado ya correría el impuesto PAIS al dólar. 

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