Este miércoles, el Gobierno oficializó los nuevos límites de facturación anual para determinar qué empresas encuadran en las categorías de pymes, a través de la Resolución 69/2020 publicada en el Boletín Oficial. Los montos máximos se dividen en cinco categorías que abarcan Comercio, Industria y Minería, Construcción, Servicios y Agro.
De esta forma, Comercio es el rubro de mayor monto de facturación anual, donde se considera una micro empresa la que factura hasta $36.320.000 al año; pequeña hasta $247.200.000; mediana tramo 1 hasta $1.821.760.000 y mediana tramo 2 hasta $2.602.540.000 de facturación anual.
El segundo en facturación es el sector de Industria y Minería, donde se considera una micro empresa la que factura hasta $33.920.000 al año, una pequeña es hasta $243.290.000; una mediana tramo 1 hasta $1.651.750.000 y una mediana tramo dos hasta $2.540.380.000 de facturación anual.
A continuación se ubica el rubro Construcción. Una micro empresa factura hasta $19.450.000; pequeña es hasta $115.370.000; mediana tramo 1 hasta $643.710.000; y mediana tramo 2 hasta $965.460.000 de facturación anual.
Luego, en cuarto lugar, Servicios: una micro empresa factura hasta $9.900.000 al año; pequeña es hasta $59.70.000; mediana tramo 1 hasta $494.200.000; y mediana tramo 2 hasta $705.790.000 de facturación anual.
Por último, tenemos al sector Agropecuario. Una micro empresa factura hasta $17.260.000 al año, pequeña es hasta $71.960.000; mediana tramo 1 hasta $426.720.000; y mediana tramo 2 hasta $676.810.000 de facturación anual.
Además, el texto contempla el nuevo límite de personal ocupado, que quedó de la siguiente manera:
- Construcción: micro empresas hasta 12 empleados; pequeña hasta 45; mediana tramo 1 hasta 200 y mediana tramo dos hasta 590.
- Servicios: micro empresas hasta siente personas; pequeñas hasta 30; medianas tramo uno hasta 165 y medianas tramo dos hasta 535.
- Comercio: micro empresas hasta siete personas; pequeñas empresas hasta 35; mediana tramo uno hasta 125; y mediana tramo dos hasta 345.
- Industria y Minería: micro empresas hasta 15 personas; pequeñas empresas hasta 60; medianas tramo uno hasta 235 y medianas tramo dos hasta 655.
- Agropecuario: micro empresas hasta cinco personas; pequeñas hasta 10; medianas tramo uno hasta 50 y medianas tramo dos hasta 215.