El correntino Eduardo Vischi aseguró que la mayoría de las provincias apoyan la iniciativa vetada por Javier Milei esta semana.

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La fiscalía y la querella solicitaron prisión perpetua para los ocho, mientras que la defensa pidió la absolución y planteó otras tres figuras penales, que prevén condenas menores; el veredicto se dará a conocer el 6 de febrero.
Este jueves 26 de enero finalizó el juicio por el crimen de Fernando Báez Sosa. En una audiencia más breve que la del miércoles, el abogado defensor, Hugo Tomei, solicitó la absolución de sus defendidos, acusados de homicidio doblemente agravado por haber sido cometido con alevosía con concurso premeditado de dos o más personas, y los imputados -Máximo Thomsen (23), Enzo Comelli (22), Matías Benicelli (23), Blas Cinalli (21), Ayrton Viollaz (23), y Luciano (21), Ciro (22) y Lucas Pertossi (23)- pidieron disculpas en las "últimas palabras" que les concedió el Tribunal Oral en lo Criminal (1) de Dolores.
En su alegato, Tomei dijo que el hecho "no está probado" y planteó tres nuevas figuras penales. "Hubo una agresión de mis defendidos hacia el otro grupo del que participaba Báez Sosa, y creo que es un hecho que debe ser encuadrado como homicidio en conocido en riña, que es más agresión que en riña, y en efecto también planteo un homicidio simple con dolo eventual y que se distribuyan las participaciones que el Tribunal entienda. Y para concluir, también el homicidio preterintencional que creo que corresponde analizar desde ese lugar", sintetizó.
- Homicidio en riña: es la figura penal a la que apuntó la estrategia del letrado que representa a los ocho acusados. Este delito prevé una pena de dos a seis años de prisión, por lo que, en caso de ser condenados bajo esta carátula, los imputados podrían recuperar la libertad en poco tiempo, teniendo en cuenta que llevan tres años en prisión preventiva.
- Homicidio preterintencional: es un delito que se concreta cuando el agresor actúa con la intención de causar un daño en el cuerpo o en la salud, con un medio idóneo para ello, pero finalmente le provoca la muerte. En este caso, el código penal prevé una pena de tres a seis años.
- Homicidio simple con dolo eventual: en este caso, la pena va de 8 a 25 años.
También es posible, tal como lo planteó Tomei en su alegato, que, a diferencia de lo solicitado por la fiscalía y la querella, los acusados reciban penas diferentes, en relación a su participación en el hecho.
El veredicto, anunció la presidenta del Tribunal, María Claudia Castro, se dará a conocer el próximo lunes 6 de febrero.
El correntino Eduardo Vischi aseguró que la mayoría de las provincias apoyan la iniciativa vetada por Javier Milei esta semana.
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