Un estudio de Argentinos por la Educación señala que la educación ocupa el séptimo lugar entre las preocupaciones de la sociedad.

Sólo el 5% cree que la educación es el principal problema de Argentina
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A través de un comunicado, la central destacó que el fallo hizo lugar al pedido y "pone un freno a la reforma laboral regresiva y contraria a los trabajadores".
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Luego de que la Justicia haya suspendido la aplicación del capítulo laboral del DNU de desregulación económica, la CGT destacó que el fallo hizo lugar al pedido de la central y "pone un freno a la reforma laboral regresiva y contraria a los trabajadores".
En esa misma línea, el integrante del triunvirato Héctor Daer confirmó que pese a la medida, el paro general convocado para el 24 de enero sigue en pie.
"Esta decisión judicial pone un freno a la reforma laboral regresiva y contraria a los trabajadores y no tendrá vigencia hasta tanto la justicia resuelva el planteo de inconstitucionalidad del Capítulo IV del DNU 70/23, como ha solicitado la CGT", sostuvo la entidad en un comunicado.

La central explicó que el fallo reciente "justifica su decisión de dictar la medida cautelar en que el DNU introduce importantes modificaciones de aplicación inmediata en materia laboral no habiendo explicado como las reformas planteadas podrían remediar la situación referida en sus fundamentos como para justificar una reforma laboral general y peyorativa para los trabajadores".
"Entiende que hay circunstancias graves y objetivamente impostergables que justifican la asunción de competencia de la Justicia Nacional del Trabajo para entender en esta contienda y el dictado de la cautela", señala el comunicado.
En esa línea, consideró que la Cámara "justifica su decisión de dictar la medida cautelar en que el DNU introduce importantes modificaciones de aplicación inmediata en materia laboral no habiendo explicado como las reformas planteadas podrían remediar la situación referida en sus fundamentos como para justificar una reforma laboral general y peyorativa para los trabajadores".
El Gobierno sufrió este miércoles su primer revés judicial luego de que la Cámara Nacional del Trabajo dictara una medida cautelar que suspende la aplicación del apartado laboral del DNU de desregulación económica que firmó el presidente Javier Milei.
En su fallo, los jueces María Dora González, Andrea García Vior y Alejandro Sudera sostienen que la extensa fundamentación del Poder Ejecutivo sobre la gravedad de la situación económica del país resulta insuficiente para demostrar la urgencia en implementar cambios estructurales en las leyes laborales, máxime cuando algunas de esas normas tienen naturaleza penal.
- Período de prueba de tres a ocho meses.
- Restricción al derecho de huelga en servicios esenciales como transporte o educación.
- Eliminación de las multas por trabajo no registrado o mal registrado.
- Que los representantes sindicales dentro de la empresa convoquen a asambleas sin perjudicar las actividades de la empresa o afectar a terceros.
- Derogación de duplicar las indemnizaciones en caso de una relación laboral no registrada o efectuada de manera deficiente.
- La creación de la figura del trabajador independiente que podrá contar con hasta 5 colaboradores sin que exista vínculo de dependencia entre ellos.

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