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Mar del Plata comenzará a multar a los fumadores en las playas a partir del verano 2026

El mecanismo quedó habilitado tras cumplirse los tres años establecidos por la ordenanza que amplió la regulación original de ambientes libres de humo, vigente desde 2010. 

Mar del Plata comenzará a multar a los fumadores en las playas a partir del verano 2026

La ciudad de Mar del Plata reforzará su política de playas libres de humo y sumará, por primera vez, sanciones económicas para quienes fumen fuera de las áreas permitidas en balnearios privados y concesionados. El sistema de multas entra en vigencia tras cumplirse el período de transición previsto por la normativa y apunta a reducir la contaminación por colillas y mejorar la calidad del aire en plena temporada turística.

Después de varios veranos con señalización, campañas de concientización y espacios delimitados para fumadores, la Municipalidad de Mar del Plata confirmó que a partir de la temporada 2026 habrá multas para quienes fumen en sectores no autorizados.

El mecanismo quedó habilitado tras cumplirse los tres años establecidos por la ordenanza que amplió la regulación original de ambientes libres de humo, vigente desde 2010. Aquella actualización -aprobada en 2022- obligó a todos los balnearios privados y concesionados a instalar zonas señalizadas, disponer cestos especiales para colillas y garantizar espacios exclusivos para fumadores.

Según señalaron autoridades locales, este será el primer verano en el que se realizarán controles sistemáticos. “Estamos notificando a los balnearios para que cumplan la normativa”, anticiparon a medios de la ciudad.

Por ahora, la prohibición rige únicamente en:

* Balnearios privados
* Unidades Turísticas Fiscales administradas por el municipio
* Complejo Punta Mogotes y concesiones provinciales

Si bien el Ejecutivo está habilitado para extender la restricción a playas públicas, esa decisión todavía no fue tomada.

Multas que pueden superar el medio millón de pesos

La ordenanza establece sanciones que van del 0,15% al 1,5% del equivalente a 100 salarios mínimos municipales, según la gravedad de la infracción. Con los valores de referencia de septiembre (salario mínimo municipal de 18 horas: $339.328,21), las multas irán de aproximadamente $50.900 a más de $508.000.

La escala queda sujeta a la evaluación de la autoridad de aplicación, que definirá si el incumplimiento es leve, moderado o grave.

El objetivo de la medida combina dos ejes: cuidado de la salud y protección del ambiente. Las colillas de cigarrillo -junto con los plásticos- figuran entre los residuos más frecuentes encontrados en la arena durante las limpiezas realizadas por ONG y voluntarios.

En ese sentido, la normativa es explícita que cada prestador deberá instalar señalización visible con la leyenda “Prohibido fumar”, delimitar un área para fumadores y disponer, al menos, dos recipientes específicos para colillas. También exige la colocación de cartelería con el mensaje “Fumar es perjudicial para la salud”.

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