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Actualidad #Coronavirus#Economía#Alberto fernández

El Gobierno ayudará a Pymes a pagar parte de sus sueldos

La asistencia será para las empresas afectadas por el parate económico, que tengan hasta 100 empleados

El Gobierno ayudará a Pymes a pagar parte de sus sueldos

El Presidente Alberto Fernández firmó un nuevo Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU), que dispone de un paquete de medidas para ayudar a las empresas a paliar la crisis desatada por la emergencia producida por el avance del coronavirus. Luego de haber prohibido los despidos y suspensiones por 60 días en la jornada de ayer, las autoridades nacionales crearon el Programa de Asistencia de Emergencia al Trabajo y la Producción, mediante el decreto 332/2020. 

Los beneficios del Programa: 

  • Postergación o reducción de hasta el 95% del pago de las contribuciones patronales al Sistema Integrado Previsional Argentino.
  • Sistema integral de prestaciones por desempleo: los trabajadores que reúnan los requisitos previstos en las Leyes 24.013 y 25.371 accederán a una prestación económica por desempleo conforme las consideraciones estipuladas en el artículo 11 del presente decreto. Lo que establece este artículo es que se elevarán, durante el período que defina la Jefatura de Gabinete, los montos de las prestaciones económicas por desempleo a un mínimo de $ 6.000 y un máximo de $10.000 pesos. Hasta ahora, los valores oscilaban entre $ 3.000 y 6.000 pesos, por lo que se duplican.
  • Asignación Compensatoria al Salario para todos los trabajadores en empresas de hasta 100 empleados. Para los empleadores de hasta 25 trabajadores: 100% del salario neto, con un valor máximo de un Salario Mínimo Vital y Móvil (SMVM) vigente, es decir, $ 16.875. Para los empleadores de 26 a 60 trabajadores: 100% del salario neto, con un valor máximo de hasta un 75% del SMVM. Y para las firmas que tienen entre 61 y 100 trabajadores: 100% del salario neto, con un valor máximo de hasta un 50% del SMVM vigente.
  •  ️REPRO: Asistencia por la Emergencia Sanitaria para los trabajadores en relación de dependencia del sector privado en empleadores que superen los 100 trabajadores. La prestación por trabajador tendrá un mínimo de $6.000 y un máximo de $10.000.

Los requisitos para las empresas:

  • Sus actividades económicas fueran afectadas de forma crítica en la zona geográfica donde se desarrollan.
  • Que acredita una sustancial reducción en sus ventas con posterioridad al 20 de marzo de 2020.
  • Tiene una cantidad relevante de trabajadores contagiados por el COVID 19 o que estén en aislamiento obligatorio o con dispensa laboral por estar en grupo de riesgo u obligaciones de cuidado de algún familiar relacionadas al COVID 19.

Finalmente, la nueva normativa señala que se encuentran excluidos de los beneficios del presente decreto aquellos sujetos que realizan las actividades y servicios declarados esenciales y que la Jefatura de Gabinete de Ministros establecerá los criterios objetivos, actividades y demás elementos que permitan determinar la asistencia a recibir por las sujetos beneficiados.

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