Según informó el Ministerio de Salud, el objetivo es asegurar una protección temprana y más efectiva y un aumento en la efectividad de la estrategia.

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El DNU adivierte un cambio en los cálculos de las indemnizaciones ya que "los sucesos económicos" produjeron "rendimientos financieros disociados del daño a reparar".
El Gobierno nacional, a partir de la publicación de un Decreto de Necesidad y Urgencia, dispuso la reducción de las indemnizaciones por incapacidad laboral definitiva o la muerte del trabajador.
El criterio que estableció el Poder Ejecutivo fue que parte de las variables que se utilizan para calcular las indemnizaciones correspondientes "inciden en las tasas bancarias, y ha determinado que ese método de ajuste no alcance el fin pretendido y comprometa la estabilidad y continuidad del sistema instituido en beneficio de los trabajadores".
Desde Casa Rosada argumentan que "las indemnizaciones que les corresponden, legalmente orientadas a la finalidad reparadora de los daños sufridos por ellos, generen rendimientos financieros disociados del daño a reparar y ajenas al propósito que inspira la norma".
"Es indispensable adoptar medidas urgentes para regular con mayor certidumbre y equidad el Sistema de Riesgos del Trabajo".
El Gobierno justificó la medida al recordar que el año pasado pasado dictó una resolución que impulsó el pago de indemnizaciones por parte de las ART, permitiendo que estas utilicen reservas técnicas para la celebración de acuerdos conciliatorios.
También aclaró que "se elevó el monto mínimo de reserva por juicio, fijando una actualización periódica para que el transcurso del tiempo no afecte la relación entre ese pasivo constituido y la realidad económica imperante a lo largo del tiempo".
Según informó el Ministerio de Salud, el objetivo es asegurar una protección temprana y más efectiva y un aumento en la efectividad de la estrategia.
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