Los jueces consideraron que el planteo de la Tabacalera Sarandí carecía de fundamentos y cerraron la causa.

La Corte Suprema rechazó el pedido de nulidad de “El Señor del Tabaco”
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La Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (ANMAT) prohibió esta mañana la venta del aceite de oliva extra virgen "El mendocino", a través de una disposición publicada en el Boletín Oficial.
Las razones para impedir su comercialización tienen que ver con que el alimento está "falsamente rotulado", según el organismo.
"El producto se halla en infracción al artículo 3° de la Ley 18.284, al artículo 3° del Anexo II del Decreto 2126/71 y a los artículos 6 bis y 155 del CAA por carecer de autorización de producto al consignar en el rótulo un número de registro inexistente, resultando ser un alimento falsamente rotulado y en consecuencia, ilegal", justificó la autoridad regulatoria.
La medida fue conocida a través de la disposición 11474-E/2017, publicada el 13 de noviembre en el Boletín Oficial.
Asimismo, la ANMAT aseguró que el producto "no puede ser identificado en forma fehaciente y clara como producido, elaborado y/o fraccionado en un establecimiento determinado".
Mediante la disposición 11473- E/2017, la entidad también prohibió el uso y la distribución del antiséptico BIOSAN-214.
En el rótulo del producto puede leerse: "BIOSAN-214 es un antiséptico para uso general de muy alta efectividad, activo sobre bacterias, hongos y algas, con un muy amplio espectro de acción/ Para desinfección general, se recomienda aplicarlo en diluciones de 1 a 10 directamente sobre la superficie a tratar. Mediante un atomizador o simplemente con un paño humedecido en el producto / Complex-Químicos y Servicios /Cont. Neto: 1 litro".
No obstante, la ANMAT canceló su distribución "a fin de proteger a eventuales adquirientes y usuarios del producto involucrado y toda vez que tanto la firma como el producto carecen de autorización, el rótulo resulta inapropiado y confuso por lo que podría tratarse de un medicamento o un producto médico".
Los jueces consideraron que el planteo de la Tabacalera Sarandí carecía de fundamentos y cerraron la causa.
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