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Actualidad #Elecciones 2019

¿Qué plantea la ley de financiamiento de partidos políticos?

El proyecto se aprobó sin cambios en Diputados luego de recibir, hace un mes, media sanción en el Senado. Dentro de las cesiones al documento original destaca la reducción de un 5% al 2% como aporte máximo que una empresa puede realizar sobre un candidato nacional.

¿Qué plantea la ley de financiamiento de partidos políticos?

La Cámara de Diputados aprobó el proyecto de ley que busca regular el financiamiento de los partidos políticos de cara a las elecciones nacionales.

Luego de que los senadores la aprobaran hace menos de un mes, ahora los diputados votaron por 147 votos a favor contra 69 en contra. 

El principal punto de conflicto estuvo en el artículo 4, que habilita el aporte de empresas a las campañas, prohibida hasta ahora. Legisladores opositores definieron ese extracto como "la privatización de la política". 

Votado en particular, el artículo 4 se aprobó con 135 votos a favor y 81 en contra. La coalición oficialista recibió apoyos de Alternativa Federal -que también estuvo a favor en el Senado- y el Frente Renovador. 

Maria Emilia Soria fue la cabeza de la oposición del FpV al proyecto | Foto: NA

El Frente para la Victoria, encabezado en esta sesión por la rionegrina María Emilia Soria, fue el principal opositor al proyecto, que de todos modos logró ser parobado. AL artículo de la polémica se opuso también la Coalición Cívica de Elisa Carrió.

Dentro de las cesiones del proyecto original destaca la reducción de un 5% al 2% como aporte máximo que una empresa puede realizar sobre un candidato nacional. A su vez, se plantea la obligación de girar la mitad de los gastos en publicidad digital a medios de comunicación, pedido realizado por la Asociación de Entidades Periodísticas (Adepa) y la Cámara de Medios Digitales, buscando así compensar las pérdidas de dinero como resultado de la “migración” de la publicidad a otros motores de búsqueda.

Financiamiento “mixto” actual

Desde la reforma electoral nacional de 2009, Argentina tiene un régimen de financiamiento de los partidos y las campañas electorales nacionales que se basa principalmente en aportes públicos.

El financiamiento público es entonces destinado al fondo partidario permanente; aportes impresión de boletas; aportes de campaña; espacios de publicidad en medios audiovisuales. 

Financiamiento privado es desde donde por ejemplo se prohiben los aportes anónimos o provenientes de sindicatos, empresas públicas, entidades gubernamentales, asociaciones profesionales, juegos de azar y del extranjero. En periodos de campaña, al momento también estan imposibilitadas las personas jurídicas (empresas). 

Es decir, se garantiza una cierta igualdad al permitir el acceso de todos los partidos y candidatos a los medios de comunicación. Sin embargo, también hay muestras de que la mayor cantidad de gastos de los partidos y las campañas ocurren informalmente.

¿Por qué es urgente modificar la ley vigente?

Las reglas actuales alientan la informalidad, permiten que la totalidad de las campañas sean financiadas en efectivo, mientras que los controles son posteriores a la elección.

Esto permite, según un informe del CIPPEC, que más del 30% de las agrupaciones que compitieron en las últimas elecciones presidenciales no hayan presentado rendiciones de campaña y que muchas de las agrupaciones que sí lo hicieron declararan un monto inferior al realmente gastado. 

La Coalición Cívica del artículo 4 | Foto: NA

En este sentido es que se plantea como urgente el poder disponer de una ley que desde la "bancarización" planteada haga que el dinero no sea aportado en efectivo, algo que alienta a la falta de transparencia y en muchos casos al lavado de dinero.

Otro punto importante es el poder regular que la publicidad oficial que el Estado otorga no sea distribuida de manera informal ni utilizada para fines partidistas.

Para esto es importante un tercer aspecto y es el poder realizar controles efectivos durante (y no después de) las campañas y disponer de agencias para sancionar las prácticas por fuera de la ley. 

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