El Poder Ejecutivo resolvió dar marcha atrás con una serie de disposiciones que habían reorganizado el funcionamiento de distintos organismos estatales, luego de que ambas Cámaras del Congreso rechazaran los decretos que impulsaban su fusión, disolución o traslado de competencias. La decisión quedó plasmada en los Decretos 627/2025 y 628/2025, publicados este martes en el Boletín Oficial.
En el caso del Decreto 627, se dispuso: “Restitúyese la plena vigencia de las disposiciones normativas que fueron derogadas, sustituidas o modificadas por los Decretos 345/25, 351/25, 461/25 y 462/25 y que se encontraban vigentes al momento del dictado de cada uno de los mencionados decretos“. A partir de esta medida, quedó sin efecto la fusión entre el Instituto Nacional Yrigoyenano y el Instituto Nacional de Investigaciones Históricas Juan Manuel de Rosas, la incorporación del Banco Nacional de Datos Genéticos como organismo desconcentrado de la Secretaría de Innovación, Ciencia y Tecnología y la disolución de la Comisión Nacional del Tránsito y la Seguridad Vial, de la Agencia Nacional de Seguridad Vial (ANSV) y de la Dirección Nacional de Vialidad. También se anuló la eliminación de la Agencia Regulatoria de la Industria del Cáñamo y del Cannabis Medicinal (ARICCAME).
Además, se resolvió restituir los objetivos originales del Teatro Nacional Cervantes, la estructura organizativa del Instituto Nacional de Tecnología Agropecuaria (INTA), las facultades de la Secretaría de Innovación, Ciencia y Tecnología, las misiones del Director Ejecutivo de la Agencia de Control de Concesiones y Servicios Públicos de Transporte y las obligaciones de la Secretaría de Hacienda. En el texto se aclaró: “El restablecimiento dispuesto precedentemente, comprensivo de las estructuras organizativas será, en cada caso, en los términos del texto vigente a la fecha del dictado de los Decretos Nros. 531 del 1° de agosto de 2025, 571 del 11 de agosto de 2025, 583, 584 y 585, todos del 14 de agosto de 2025“.
La administración de las funciones administrativas, financieras y jurídicas de estos organismos estará de manera transitoria en manos de la Jefatura de Gabinete de Ministros, la Secretaría General de la Presidencia y el Ministerio de Economía, hasta tanto se normalice su funcionamiento pleno.
Por su parte, el Decreto 628/2025 dejó sin efecto las modificaciones aplicadas mediante el Decreto 340/2025, que había establecido un nuevo “Régimen de Excepción de la Marina Mercante Nacional” y declarado como servicio esencial la navegación marítima y fluvial tanto para transporte de pasajeros como de mercaderías. En su primer artículo se indicó: “Restitúyese la plena vigencia de las disposiciones normativas que fueron derogadas, sustituidas o modificadas por el Decreto N° 340 del 20 de mayo de 2025 y que se encontraban vigentes al momento del dictado de dicho decreto“.